Temporada de renta · año gravable 2025
Su declaración de renta, preparada con usted
Usted responde en castellano. Nosotros preparamos todo y lo acompañamos a presentarla en la DIAN con su propia firma. Nunca le pedimos sus claves.
Cómo funciona
- Paso 1
Responde desde el celular
Un cuestionario en castellano, por partes. Guarda y vuelve cuando quiera. Si una cifra no cuadra, se lo avisa ahí mismo.
- Paso 2
Reúne sus documentos
La lista sale de lo que respondió: solo los certificados que su caso necesita, nada de más.
- Paso 3
Le preparamos la declaración
Hacemos el cálculo con la norma del año y le entregamos el formulario 210 listo, con cada cifra explicada.
- Paso 4
La presentan juntos
En una sesión guiada, usted entra a la DIAN y firma con su propia firma electrónica. Nosotros lo acompañamos paso a paso.
¿Cuándo me vence?
Depende de los dos últimos dígitos de su cédula o NIT.
Calendario general del Decreto 2229 de 2023. Si su domicilio fiscal estaba en las zonas afectadas por el sismo del 10 de agosto (Decreto 1226 de 2026), su plazo puede ser hasta noviembre.
¿Estoy obligado a declarar?
Con cinco cifras del año 2025 y una pregunta.
Casa, carro, cuentas e inversiones, por lo que valen, sin restar deudas.
Salarios, honorarios, arriendos, pensión, ventas e intereses: la suma, antes de descuentos.
El total del año, sumando todas sus tarjetas.
Compras y consumos con cualquier medio de pago.
Consignaciones, depósitos e inversiones del año.
Si su RUT tenía la responsabilidad 48 a 31 de diciembre.
Topes del año 2025 con la UVT de $49.799: patrimonio mayor a $224.095.500; ingresos desde $69.718.600; tarjeta, compras o consignaciones mayores a $ $69.718.600. Nada de lo que escribe aquí se guarda.
Qué incluye
- Entrevista con quien prepara su declaraciónVirtual, para entender su caso antes de tocar una cifra. No es un formulario que se llena solo.
- Sus documentos, por un enlace, sin crear cuentaLe llega un enlace a su correo, responde desde el celular y sube ahí mismo lo que le pidan. Sin usuario ni contraseña.
- Cruce con lo que la DIAN ya tiene reportado de ustedSe contrasta lo que usted nos cuenta con lo que terceros le reportaron a la DIAN. De ahí salen casi todos los requerimientos.
- Borrador que usted revisa ANTES de presentarCon cada cifra explicada. Nada se presenta sin que usted lo haya visto y esté de acuerdo.
- Presentación acompañada, con sus anexosLa presenta usted con su propia firma, acompañado paso a paso, y queda con los soportes organizados para conservarlos.
- Estrategia tributaria para el año siguienteQué puede hacer desde ya para que la declaración del año entrante le cueste menos. Legalmente.
- Garantía vitaliciaSi algún día la DIAN observa esta declaración, la atendemos nosotros sin cobrarle nada más. Sin fecha de vencimiento.
Garantía vitalicia
Si en cualquier momento la DIAN observa, requiere o revisa la declaración que preparamos, la atendemos nosotros, sin costo adicional para usted: respondemos el requerimiento, explicamos de dónde salió cada cifra y, si el error fue nuestro, lo corregimos sin cobrarle.
No cubre el impuesto, la sanción ni los intereses que usted habría tenido que pagar de todos modos, ni los hechos que no nos contó o cuyos documentos no entregó. En ese caso también lo acompañamos, pero la corrección se cobra aparte.
Lo que no hacemos
- No le pedimos ni guardamos su contraseña de la DIAN ni su firma electrónica.
- No firmamos por usted. La declaración la presenta usted, acompañado.
- No le prometemos que no va a pagar impuesto. Le aplicamos todos los beneficios a los que tiene derecho, y ni uno más.
¿$380.000 es caro?
Depende de con qué lo compare. Tres cuentas, con los números de este año:
$347
al día
Es el precio repartido en 3 años, para dimensionarlo. La garantía no dura tres años: dura siempre.
$524.000
la sanción más barata
Es la sanción mínima del 2026 (10 UVT, art. 639 del Estatuto Tributario): lo menos que se paga por no declarar a tiempo, aunque no deba un peso de impuesto.
El banco la pide
para crédito y para visa
La declaración es el documento con que usted demuestra cuánto gana y cuánto tiene. Sin ella, muchas puertas se cierran antes de empezar.
¿Ya se le pasó la fecha?
Todavía puede declarar, y conviene hacerlo ya. Declarar tarde cuesta una sanción del 5 % del impuesto por cada mes o fracción de mes de retardo, más intereses de mora que corren todos los días.
Lo que sorprende a la gente: un solo día tarde ya cuenta como un mes completo. Por eso cada mes que espera la cuenta da un salto, no sube de a poquitos. Le decimos exactamente cuánto le cuesta hoy, y cuánto le costaría el mes entrante, antes de que decida.
Precio
$380.000
Por declaración, IVA incluido. Todo lo de abajo entra en ese valor.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darles mi contraseña de la DIAN o mi firma electrónica?
No. Nunca se las vamos a pedir, ni por WhatsApp ni por ningún otro medio. La firma es suya y usted la usa, con nuestro acompañamiento. Si alguien le pide sus claves en nombre de Inmapp, no es Inmapp.
¿Quién presenta la declaración?
Usted, con su propia firma electrónica, en una sesión guiada con nosotros. Nosotros dejamos todo listo antes y registramos el número del formulario después.
¿Y si después la DIAN me pide explicaciones?
La atendemos sin cobrarle nada más, sin fecha de vencimiento: es la garantía que va con el servicio. Respondemos el requerimiento, explicamos de dónde salió cada cifra y, si el error fue nuestro, corregimos. Lo que no cubre la garantía es lo que usted habría debido de todos modos —el impuesto, la sanción y los intereses de ley— ni los hechos que no nos contó o que documentó mal, porque eso no se pudo tener en cuenta al preparar la declaración.
Ya se me venció el plazo. ¿Todavía puedo?
Sí, y conviene hacerlo cuanto antes, porque la sanción crece con cada mes que pasa. Puede haber sanción aunque al final no resulte impuesto a pagar: la ley la calcula distinto según el caso. Y si además queda impuesto pendiente, ese sí genera intereses hasta que se pague. Cuánto le cuesta hoy depende de su caso, de la fecha y de sus soportes: se lo calcula su contador antes de que decida nada.
¿Qué pasa si no estoy obligado a declarar?
Se lo decimos antes de empezar. Arriba puede revisarlo usted mismo con cinco cifras.
Quién prepara y responde por sus cifras
Edgar Hernández Carranza · Contador Público · T.P. 210.736-T
Una declaración de renta la respalda un contador público con nombre y tarjeta profesional, no una marca. El suyo tiene nombre, y es el mismo que atiende la garantía si algún día la DIAN pregunta.
Y si además tiene un negocio
El software con el que le hacemos la declaración es nuestro
INMAPP reúne en un solo sistema lo que casi siempre vive en cuatro: la operación del día a día, la contabilidad, la facturación electrónica ante la DIAN y la nómina. Sin pasar cifras de un programa a otro, y sin que el cierre del mes sea una reconstrucción.
Ya funciona para:
- Inmobiliaria
- Droguería
- Taller automotriz
- Gimnasio
- Distribuidora
- Almacén de dotación
- Ingeniería
- Reparaciones
¿Su oficio no está en la lista? Se lo construimos. Es la diferencia de que el software sea nuestro: se ajusta al negocio, y no al revés.